Multan a Yelmo Cines en Algeciras por impedir el acceso con comida y bebida

La sanción a Yelmo Cines Algeciras asciende a 45.000 euros tras varias denuncias de FACUA. Consumo considera la práctica una infracción grave contra los derechos de los consumidores

La Delegación Territorial de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía en Cádiz ha impuesto una multa de 45.000 euros a Yelmo Cines en Algeciras por prohibir la entrada con comida y bebida del exterior en sus instalaciones. La sanción llega tras las denuncias presentadas por FACUA.

La administración autonómica califica los hechos como una infracción grave de la normativa de defensa de los consumidores, tras constatar que la actividad infractora quedó probada en las actuaciones realizadas.

En el caso concreto de Algeciras, las irregularidades fueron detectadas durante una campaña de inspección llevada a cabo en diciembre de 2022, a raíz de las denuncias impulsadas por FACUA.

Denuncias de FACUA en Algeciras

El expediente sancionador incorporó posteriormente una denuncia presentada por FACUA Cádiz en febrero de 2023 en nombre de una socia de Jerez, así como otra interpuesta por FACUA Andalucía en julio del mismo año ante el Ayuntamiento de Algeciras.

Esta última fue derivada por el consistorio a la autoridad autonómica de consumo, que continuó la tramitación del procedimiento hasta la resolución final.

Según la Junta, la empresa aplicaba de forma sistemática una política considerada “manifiestamente ilícita y gravemente abusiva”, afectando a un número significativo de consumidores en Andalucía.

Sanción de consumo y antecedentes

La multa de 45.000 euros se sitúa dentro del rango previsto para infracciones graves, que puede oscilar entre 10.001 y 100.000 euros.

Se trata de la cuarta sanción impuesta a Yelmo Cines por este motivo tras denuncias de FACUA y la segunda aplicada por la Junta de Andalucía, que ya multó a la empresa en Almería en 2025 con 25.000 euros.

Otras sanciones anteriores incluyen una multa de 12.000 euros del Ayuntamiento de Sevilla y otra de 30.000 euros del Instituto de Consumo de Euskadi.

Críticas por la cuantía de la multa

FACUA ha criticado que la sanción no incluya el comiso del beneficio ilícito obtenido ni una orden expresa para cesar la práctica.

La organización considera que la cuantía resulta insuficiente para disuadir a la empresa, ya que continúa incurriendo en este tipo de conductas pese a las sanciones acumuladas.

Asimismo, advierte de que mientras no se adopten medidas más contundentes, las empresas pueden considerar más rentable mantener estas prácticas y asumir posteriormente las multas.

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