La Policía Local de La Línea comenzará el próximo jueves 1 de octubre a realizar controles de tráfico en distintos viales públicos de la ciudad para comprobar el cumplimiento de los nuevos requisitos aplicables a los Vehículos de Movilidad Personal (VMP).
Desde la Jefatura de la Policía Local se ha hecho un llamamiento a los propietarios de estos vehículos para que cumplan las exigencias establecidas por la Dirección General de Tráfico (DGT). Los agentes velarán desde esa fecha por el respeto de los preceptos recogidos en la normativa.
Entre los requisitos para circular se establece una edad mínima de 15 años, además del uso obligatorio del casco. También será necesario utilizar chalecos reflectantes durante la noche o cuando existan condiciones de baja visibilidad, mientras que para los profesionales su utilización tendrá carácter permanente.
Por dónde pueden circular los VMP en La Línea
La nueva disposición prohíbe la circulación de los VMP por aceras, zonas peatonales, autopistas, autovías y travesías interurbanas. Su utilización queda permitida únicamente por las calzadas urbanas o los carriles bici.
La conducción bajo los efectos del alcohol o las drogas podrá ser sancionada con multas de entre 500 y 1.000 euros. Además, utilizar teléfonos móviles o auriculares mientras se conduce podrá suponer una sanción de 200 euros.
Para conducir estos vehículos no se requiere permiso de conducción. Los VMP están diseñados para una única persona, por lo que no está permitido transportar a un segundo ocupante.
Seguro obligatorio y requisitos técnicos de los patinetes eléctricos
Entre las principales novedades figura el seguro de responsabilidad civil obligatorio. Circular con un VMP sin disponer de este seguro puede conllevar una multa de 800 euros.
Los vehículos comercializados desde el 22 de enero de 2024 deben contar con el certificado de circulación de la DGT. Los VMP antiguos que no estén certificados podrán continuar circulando de forma transitoria hasta el 22 de enero de 2027.
La velocidad permitida para estos vehículos se sitúa entre los 6 y los 25 kilómetros por hora. La potencia nominal puede alcanzar hasta 1.000 W en los modelos sin auto-equilibrado y hasta 2.500 W en aquellos que sí disponen de este sistema.
Iluminación y visibilidad obligatorias para los VMP
Los requisitos técnicos también contemplan elementos obligatorios de iluminación y visibilidad. Los VMP deberán disponer de luz delantera y trasera, luz de freno y catadióptricos, que serán blancos en la parte frontal y laterales y rojos en la parte trasera.
A estas obligaciones se suma la inscripción en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico. El trámite puede realizarse telemáticamente a través de la sede electrónica de la DGT.
Una vez realizada la inscripción, la Dirección General de Tráfico asignará al vehículo un número identificativo y expedirá el correspondiente certificado de inscripción. El propietario deberá obtener y colocar en el VMP la etiqueta identificativa necesaria para contratar el seguro obligatorio.
Certificado de circulación obligatorio desde 2027
Los VMP no certificados que fueron comercializados antes del 22 de enero de 2024 podrán seguir circulando durante el periodo transitorio. En cambio, los comercializados después de esa fecha deberán estar certificados conforme a las características establecidas para este tipo de vehículos.
Este certificado acredita que el modelo cumple los requisitos técnicos fijados por la DGT. El periodo transitorio finalizará el 22 de enero de 2027.
A partir de esa fecha, solo podrán circular los VMP que dispongan del correspondiente certificado de circulación, según los requisitos recogidos en la nueva normativa.






