La Justicia confirma la nulidad de la convocatoria de estabilización en San Roque por excluir plazas para personas con discapacidad

La sección de lo Contencioso Administrativo del Tribunal de Instancia de Algeciras ha confirmado la nulidad de la convocatoria extraordinaria de estabilización de empleo temporal del Ayuntamiento de San Roque. La resolución da la razón a CSIF, que denunció la ausencia de la reserva legal de plazas para personas con discapacidad.
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La sección de lo Contencioso Administrativo del Tribunal de Instancia de Algeciras ha confirmado la nulidad de la convocatoria del proceso extraordinario de consolidación y estabilización de empleo temporal en el Ayuntamiento de San Roque.

La sentencia estima el recurso presentado por CSIF, al entender que en ese procedimiento se dejó fuera la reserva de plazas que marca la ley para personas con discapacidad.

Desde el sindicato consideran “lamentable” que el Ayuntamiento sanroqueño haya vulnerado los derechos fundamentales de este colectivo, al impedir que pudiera optar a acceder a un puesto de trabajo en la plantilla municipal.

Discapacidad y empleo público en San Roque

Según subraya CSIF, la resolución judicial deja claro que la omisión de la reserva legal del 7% de plazas para personas con discapacidad en procesos selectivos de estabilización vulnera la Constitución Española.

Además, el fallo recoge que también se infringe el Derecho de la Unión Europea y la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

El sindicato precisa que esta sentencia no perjudica a las personas que consolidaron y estabilizaron su plaza en este proceso hace ya dos años.

CSIF defiende que no buscaba perjudicar a los trabajadores

CSIF insiste en que su intención al denunciar esta convocatoria no era perjudicar a los trabajadores participantes, sino garantizar los derechos de todas las personas.

En este sentido, censura que el Ayuntamiento tratara de desacreditar su postura argumentando que ninguna persona con discapacidad había denunciado la situación y que el sindicato, al no estar en el comité de empresa municipal, no representa al personal laboral.

Para la organización sindical, ese planteamiento no altera el fondo del asunto, que era la exclusión de la reserva de plazas para personas con discapacidad en el proceso.

CCOO y la interpretación de la sentencia

CSIF también rechaza la interpretación realizada por la sección sindical de CCOO en el Ayuntamiento de San Roque sobre esta resolución judicial.

En concreto, critica que se le haya acusado de haber querido “dinamitar la estabilización de los 174 trabajadores”, una lectura que considera tergiversada.

El sindicato sostiene que su objetivo siempre ha sido que todos los trabajadores y trabajadoras estabilizaran sus plazas, sin dejar a nadie fuera, algo que, a su juicio, no se estaba cumpliendo al no reservarse las plazas para personas con discapacidad.

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