El TSJA ratifica más de tres años de cárcel para tres condenados por blanquear 543.112 euros en La Línea

El TSJA ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz contra tres personas por un delito agravado de blanqueo de capitales procedentes del narcotráfico cometido en La Línea de la Concepción. Entre los tres introdujeron en el circuito legal más de 543.000 euros.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la sentencia dictada por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Algeciras, que condenó a tres personas por un delito agravado de blanqueo de capitales procedentes del narcotráfico cometido en La Línea de la Concepción.

Según recoge la resolución, los tres condenados introdujeron en el circuito legal un total de 543.112 euros. Se trata de un hombre, su esposa y su hermana, y la sentencia considera al primero de ellos como el cabecilla.

La investigación se inició en 2018 en torno a una sociedad mercantil propietaria de un terreno en La Línea que estaba subdividiendo sus fincas en parcelas de distintos tamaños para venderlas a personas vinculadas con el tráfico de drogas.

Un entramado societario vinculado al blanqueo de capitales

A partir de esas pesquisas, los investigadores siguieron el rastro de la sociedad y detectaron la creación de nuevas empresas, ampliaciones de capital y operaciones de venta de participaciones sociales.

Entre quienes adquirieron participaciones, valoradas en un euro cada una, figuraban los tres posteriormente condenados. Durante la investigación también se localizaron otros bienes relacionados con ellos, entre ellos coches, una moto de agua y distintos artículos.

La Audiencia Provincial de Cádiz impuso al hombre una pena superior a los tres años de prisión. Su esposa fue condenada a tres años y seis meses, mientras que la hermana recibió una pena de tres años y cuatro meses de cárcel.

El TSJA rechaza los recursos de los condenados

Los tres condenados recurrieron la sentencia ante el TSJA. Entre sus argumentos alegaron una vulneración del derecho a la presunción de inocencia al considerar que no existían pruebas de cargo suficientes contra ellos.

El alto tribunal andaluz ha desestimado los recursos presentados y ha confirmado la sentencia dictada previamente por la Audiencia Provincial de Cádiz por el delito de blanqueo de capitales agravado.

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