La Agencia de Emergencias de Andalucía (EMA) ha recordado que desde el inicio de junio y hasta el 15 de octubre se activa la época de peligro alto de incendios forestales en toda la comunidad autónoma. Durante este periodo, queda terminantemente prohibido realizar barbacoas, incluso en áreas recreativas especialmente habilitadas para ello, así como quemar restos agrícolas y forestales.
Las restricciones, que se aplican de forma anual desde la publicación de la orden en el BOJA el 29 de mayo de 2009, también limitan el tránsito de vehículos a motor en espacios forestales y su entorno, incluyendo zonas agrícolas y urbanas situadas a menos de 400 metros de terrenos forestales.
La normativa contempla excepciones bajo autorización expresa de la Delegación del Gobierno correspondiente. Entre ellas se encuentran las barbacoas en establecimientos turísticos autorizados, restaurantes rurales, y la preparación de alimentos en campamentos infantiles. También se permite el uso de calderas de destilación, hornos de carbón y piconeo, siempre que se cuente con el permiso correspondiente.
En cuanto a la circulación de vehículos a motor, únicamente está permitida en casos específicos como el uso de servidumbres de paso, vehículos de emergencia, servicios de extinción de incendios, actividades ecoturísticas autorizadas y la celebración de romerías.
La EMA hace un llamamiento a la ciudadanía para extremar las precauciones y colaborar en la prevención de incendios forestales, recordando que el cumplimiento de estas medidas es fundamental para la protección del entorno natural andaluz.






